CAMINANDO EL JUDAÍSMO, CON ETHEL BARYLKA - La legislación judía ha sido desde antiguo muy avanzada en el judaísmo, contemplando la posibilidad del divorcio (guet), incluso en tiempos de poligamia. A partir de los siglos III y IV se establece incluso la ketubá (el contrato matrimonial) donde se establece la compensación que debería dar el marido para separarse de su mujer, equivalente a todo un año de ganancias, lo que frena cualquier intento de banalizar su utilización para "desprenderse" de la esposa. Incluso, a partir del siglo XI, rav Guershom empieza a escribir sobre las causas legítimas de divorcio, situación que no se puede dar en contra de la voluntad de la mujer.
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EFEMÉRIDES SEFARDÍES, DESDE EL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Y ESTUDIOS MOISÉS DE LEÓN – (Más información en Sefardies.es). El día 25 de junio de 1570,...